Bienvenido al negocio de fábrica e industria
Importación de JUGUETES: Requisitos y normativa de Japón

Importación de JUGUETES: Requisitos y normativa de Japón

Para distribuir y vender juguetes en Japón, los fabricantes deben demostrar que cumplen con la Ley de Saneamiento de Alimentos de Japón, comúnmente conocida como "Ley de Saneamiento de Alimentos de Japón (JFSL)" y/o con la Norma de Seguridad de Juguetes de Japón (Norma ST). Además, todos los juguetes que cumplen con la norma ST deben poder exhibir la marca de seguridad de los juguetes (ST Mark). Asóciese con un laboratorio homologado para introducir con confianza los juguetes en el mercado japonés.

REQUISITOS GENERALES

Los requisitos para los juguetes destinados a Japón son:

- Los requisitos reglamentarios de la "Ley de Sanidad Alimentaria de Japón (JFSL)".

- La Norma Japonesa de Seguridad de los Juguetes (Norma ST) y la Marca de Seguridad de los Juguetes, de carácter voluntario

LEY JAPONESA DE SANIDAD ALIMENTARIA (JFSL) - REQUISITO REGLAMENTARIO

Promulgada como Ley número 233 de 1947 por el MHLW, las especificaciones y normas para los alimentos en el marco de la JFSL se establecen en la Notificación número 370 de 1959 "Especificaciones y normas para alimentos y aditivos alimentarios, etc.".

¿Cómo se aplica la JFSL a los juguetes?        

La notificación también establece especificaciones técnicas y normas para los juguetes. La ley exige que el uso de un juguete en la forma en que se comercializará (productos acabados), incluidas las pinturas y materiales similares de revestimiento de la superficie de los juguetes, se someta a pruebas para demostrar su conformidad. Los juguetes que entran en el ámbito de aplicación de la JFSL, se definen como:

- Juguetes, incluidos los chupetes, destinados a entrar en contacto directo con la boca del lactante (por ejemplo, armónicas).

- Globos, arcillas, muñecas, juguetes domésticos, juguetes que facilitan el desarrollo intelectual (sólo los que pueden entrar en contacto con la boca del bebé), máscaras, origami (papeles plegables), sonajeros, Roly-Polies, animales de juguete, ladrillos de construcción de juguete, teléfonos de juguete, joyas de juguete, vehículos de juguete, Utsushi-e (juguete de pegatinas) y bloques de madera.

- Accesorios de juguete para jugar en combinación con los juguetes mencionados en los puntos anteriores (por ejemplo, raíles para un juego de trenes de juguete).

NORMA ST Y PROGRAMA ST MARK - REQUISITO VOLUNTARIO

Norma ST En 1971, la JTA, una entidad de interés público aprobada por el Ministerio de Economía, Comercio e Industria, estableció la Norma de Seguridad de los Juguetes de Japón (Norma ST) para garantizar la seguridad de los juguetes para niños. Abarca todos los requisitos legales de la JFSL para los juguetes designados por el MHLW. La Norma ST consta de tres normas de seguridad:

1. ST Parte 1 - Propiedades mecánicas y físicas.

2. ST Parte 2 - Inflamabilidad.

3. ST Parte 3 - Propiedades químicas.

En virtud de la Norma ST, un Laboratorio de Ensayos Extranjero designado (un laboratorio que no sea un Laboratorio de Ensayos designado en Japón) sólo puede dar servicio a la Norma ST Parte 3 "Propiedades Químicas".

Marca ST

El programa ST Mark en pocas palabras:

- La JTA firma un acuerdo de licencia de la marca ST con una empresa que fabrica, importa o vende juguetes. - Un organismo de ensayo designado y aprobado por la JTA realiza ensayos de conformidad con la norma ST en los juguetes fabricados, importados o vendidos por la empresa.

- La JTA autoriza a la empresa a comercializar juguetes o sus envases con la marca ST.

- La JTA indemnizará a los licenciatarios de la marca ST por los juguetes defectuosos que lleven la marca ST.

CENTRARSE EN LAS PRUEBAS QUÍMICAS (ST PARTE 3)

1. Residuo de evaporación

2. Formaldehído

3. Metales pesados

4. Migración de colorantes

5. Fenol

6. Consumo de permanganato potásico

7. Ftalatos (BBP, DBP, DEHP, DIDP, DINP y DNOP

¿Quiere importar sus productos a Japón?

COVUE ofrece a las marcas y a los fabricantes de equipos originales una completa conformidad con las normas de importación y mercado de Japón. Somos más que un ACP o IOR, somos el titular directo de la licencia de mercado para la importación a Japón, ventas y marketing, fabricación, reparación y representación fiscal. 

Además, COVUE puede prestar servicios de facturación cualificada en Japón a vendedores extranjeros.